Boletas Electrónicas: Nuevas Normas Desde Septiembre 2025

Image

A partir del 1 de septiembre de 2025, todas las boletas electrónicas que corresponden a transacciones por montos iguales o superiores a USD 5.000 deberán incluir obligatoriamente los datos del comprador, según lo estipulado por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Esta medida tiene como objetivo principal aumentar el control fiscal, combatir la evasión tributaria y asegurar la trazabilidad de operaciones de alto valor. Con esta nueva normativa, tanto las empresas grandes como las pequeñas, independientemente del rubro o la modalidad de venta, deberán adaptarse a un nuevo marco regulatorio que exige la información del cliente al momento de emitir la boleta.

La exigencia del SII no solo encierra cambios técnicos y operativos para las empresas; también implica un desafío estratégico significativo, especialmente para aquellas que actualmente no recogen información del cliente al emitir sus boletas. Desde junio de 2025, las empresas estarán obligadas a mantener un registro interno de todas las ventas que superen el umbral mencionado, lo que supone una revisión detallada de sus procesos de facturación y gestión de datos. Según Andrés Landerretche, Director de Análisis y Diseño Regulatorio en Sovos, esta medida no solo fortalece el control tributario, sino que también obliga a las empresas a evaluar sus procedimientos actuales para asegurar el cumplimiento normativo.

Las sanciones por no cumplir con esta nueva obligación pueden ser severas, incluyendo multas que oscilan entre el 50% y el 500% del monto de la operación. En casos de incumplimiento reiterado, las empresas podrían enfrentar la clausura temporal de sus locales o la prohibición de emitir documentos tributarios. La obligatoriedad de identificar al comprador incrementa las posibilidades de ser fiscalizado, y las operaciones podrían ser consideradas inválidas para efectos tributarios si no se verifica correctamente la identidad del cliente. Por lo tanto, las empresas deben considerar estas implicaciones en su planificación y estrategia fiscal.

Además de los desafíos relacionados con el cumplimiento tributario, las empresas también enfrentarán requerimientos adicionales en torno a la protección de datos personales. De acuerdo con la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada, la información recopilada debe ser utilizada únicamente con fines tributarios, y las empresas tendrán la responsabilidad de proteger estos datos con medidas de seguridad adecuadas. Informar adecuadamente a los clientes sobre el tratamiento de sus datos se convierte en una práctica esencial, y garantizar la inclusión de cláusulas de privacidad en los comprobantes puede ayudar a mitigar riesgos legales relacionados con la privacidad.

En resumen, la implementación de boletas electrónicas nominativas para montos superiores a 135 UF representa un cambio importante en el paisaje fiscal chileno que busca aumentar la transparencia y el control de las transacciones comerciales. Las empresas deberán actuar con anticipación para adaptar sus sistemas y procesos, lo que podría resultar en un esfuerzo considerable de modernización y capacitación. En un entorno donde la fiscalización se torna cada vez más rigurosa, lo que era una práctica común podría transformarse en una necesidad estratégica para evitar sanciones y asegurar una operación comercial sostenible.