Plan de Reconstrucción Nacional: Cambios y Verdades Clave para PYMES

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Desde la presentación del Plan de Reconstrucción Nacional, ha surgido un intenso debate en el ámbito empresarial, especialmente entre las pequeñas y medianas empresas (pymes). La curiosidad más recurrente que flota en oficinas contables y grupos de WhatsApp de emprendedores es si las pymes comenzarán a tributar por flujo de caja, acompañadas de un pago provisional mensual reducido. La respuesta es afirmativa, sin embargo, este mecanismo no es una novedad de la actual propuesta, sino que responde al régimen Pro Pyme ya vigente en Chile desde la Ley de Modernización Tributaria de 2020. Existe un riesgo palpable de malentendidos en torno a lo que está cambiando realmente, lo que podría llevar a decisiones erróneas basadas en información confusa.

El régimen Pro Pyme General y el Pro Pyme Transparente, según lo estipulado en el artículo 14D, siguen vigentes y no sufrirán modificaciones. Este marco permite a las pymes lidiar con una contabilidad simplificada, beneficiándose de la depreciación instantánea de activos y de una tributación basada en el flujo de caja real, descartando las complicaciones que enfrentan las grandes empresas. Así, las pymes continuarán pagando impuestos únicamente por los ingresos que efectivamente recibieron y descontando gastos que realmente han pagado, lo cual es una ventaja significativa que se mantiene intacta ante el cambio.

Con la implementación del Plan de Reconstrucción Nacional, se deben considerar dos aspectos importantes que cambiarán para las pymes. Primero, la tasa del Impuesto de Primera Categoría en el régimen Pro Pyme disminuirá de un 25% a un 23%, aunque esta modificación empezará a regir recién en 2029. Mientras tanto, las pymes seguirán beneficiándose de la rebaja temporal que establece una tasa de 12,5% durante 2026 y 2027, pasándose al 15% en 2028. Por tanto, no hay modificaciones inmediatas para el corto plazo que puedan impactar de manera significativa.

El segundo y más relevante cambio que trae el plan es la introducción de un nuevo crédito tributario por la contratación formal de personal, el cual se aplicará de manera directa a los pagos provisionales mensuales. Este crédito, que parte de una base del 14% sobre las remuneraciones, presenta variaciones según el género y la edad del trabajador, incentivando así la contratación formal, especialmente de mujeres y jóvenes. Es importante señalar que existen límites en cuanto a los sueldos que pueden recibir este beneficio, así como restricciones sobre la compatibilidad con otros subsidios al empleo.

Finalmente, es crucial que las pymes sean cautelosas antes de tomar decisiones basadas en el actual proyecto legislativo que aún se encuentra en discusión en el Congreso. Se les recomienda revisar su situación tributaria actual con sus contadores y evaluar la conveniencia del régimen Pro Pyme sin esperar la aprobación del nuevo plan. Por otro lado, el crédito por contratación debe ser analizado detenidamente para evitar riesgos de incompatibilidades. La clave es actuar con precisión y no dejarse llevar por el entusiasmo, ya que las reformas tributarias son complejas y su correcta comprensión puede significar un gran beneficio para el desarrollo sustentable de las pymes.